Ante las compañías de seguros
En el caso que nuestra compañía no haya querido tener un siniestro y consideremos que debería haberlo hecho o por cualquier otra razón justificada debemos presentar la reclamación ante el servicio atención al cliente de la correspondiente compañía aseguradora que tiene un plazo de dos meses desde que hayamos interpuesta la reclamación para comunicarnos su resolución.
Si no queremos presentarlo ante la compañía podemos ir directamente ante el Comisionado para la defensa del asegurado y del participe en planes de pensiones, que es un órgano adscrito a la Dirección General de seguros y fondos de pensiones regulado por la ley 44/2002
Transcurrido un mes desde que se nos haya notificado la resolución desestimatoria de la compañía podemos ir directamente a la dirección General de seguros y fondos de pensiones que depende del Ministerio de Economía y Hacienda
En Iglesias y Asociados tenemos suficiente experiencia para poder asesorarle desde la primera reclamación, evitándole largas esperas y pérdidas considerables de tiempo.