Agencias e intermediarios en viajes

Viaje combinado es el vendido por una Agencia de Viajes a un precio global que incluya:  transporte, alojamiento y/o  otros servicios

Hay que presentar lo antes posible la correspondiente reclamación ante la agencia de viajes o intermediario. Aunque la ley establece un plazo máximo de dos años para la reclamación, es lógico pensar que cuanto antes se presente, menos se han diluido los elementos de prueba.

Si la reclamación es por un medio de transporte tendríamos que reclamar:

  1. Transporte aéreo:  bien ante la compañía con la que tenemos contratado el billete o bien ante la Dirección General de aviación civil.
  2. Transporte por tren, el procedimiento es similar con reclamación previa ante la compañía y en caso de no ser resuelta favorablemente se sigue el cauce propio de una reclamación ante la administración pública, de acuerdo con la ley 30/1992.

Una vía alternativa de reclamación en el ámbito del transporte terrestre se encuentra en las Juntas arbitrales de transporte, siempre que la cuantía no supere los €6000.  Reguladas de acuerdo a la ley 16/1987 de 30 julio de Ordenación de los Transportes Terrestres.

En Iglesias y Asociados tenemos suficiente experiencia para poder asesorarle desde la primera reclamación, evitándole largas esperas y pérdidas considerables de tiempo.