A empresas de agua y electricidad

Con respecto al suministro de agua suele ser bastante habitual que nuestro contador tenga registrados una cantidad de metros cúbicos que sabemos perfectamente no hemos consumido. En esa situación hay dos posibilidades:

  • Que el contador esté estropeado, en cuyo caso es responsabilidad de la empresa suministradora ya que es la propietaria.
  • Que la avería se haya producido desde el contador hacia nuestra casa. En esa situación no cabe más que llamar a un técnico que encuentre la fuga.

El consumidor de energía eléctrica se puede encontrar con distintos problemas: daños en aparatos eléctricos como consecuencia de una interrupción, errores en la facturación, etc.

De cualquiera de las maneras puede reclamar en base a lo establecido en la Ley General de defensa de los consumidores y usuarios que considera como productos tanto al gas, electricidad.  En primer lugar debe dirigirse al servicio atención al cliente de la empresa con la que tiene contratado el servicio.

La interrupción del suministro de la electricidad a no ser que se deba a causas de fuerza mayor obliga a la empresa a aplicar un descuento en la facturación del consumidor perjudicado y si su queja no es atendida por el servicio de atención al cliente, puede dirigirse a la Comisión Nacional de la Energía en Madrid o autoridad administrativa competente en la comunidad autónoma andaluza.